Amplían diputados el financiamiento privado a los partidos

Mediante reforma al artículo 28 de la Ley Electoral del Estado, se amplió el porcentaje de financiamiento privado a los partidos políticos.

El diputado Miguel La Torre, presidente de la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, señaló que con el cambio realizado al ordenamiento local, se establece que el financiamiento privado se ajustará a los siguientes límites anuales:
Para el caso de las aportaciones de militantes, el 80% del financiamiento público otorgado a cada uno de los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y de campaña en el año de que se trate.

Tratándose de las aportaciones de personas precandidatas, candidatas, así como de simpatizantes durante los procesos electorales, el 15% del tope de gasto para la elección de Gubernatura inmediata anterior, para ser utilizadas en las campañas de sus candidatas y candidatos.

Cada partido político, a través de su órgano interno competente, determinará libremente los montos mínimos y máximos y la periodicidad de las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus militantes, así como de las aportaciones voluntarias y personales que las personas precandidatas y candidatas aporten exclusivamente para sus precampañas y campañas.
Las aportaciones de simpatizantes, personas precandidatas y candidatas tendrán como límite individual anual el 1% del tope de gasto para la elección de Gubernatura inmediata anterior, es necesario precisar que en todos estos casos, el Instituto Estatal Electoral deberá garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los recursos de origen privado.

Es imperante destacar que la fiscalización de recursos antes mencionados, estará a cargo del Instituto Nacional Electoral y sus órganos especializados, de conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos y demás disposiciones aplicables.

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