En medio de la emergencia sanitaria y la Jornada Nacional de Sana Distancia, decretada por las autoridades para frenar los contagios de coronavirus Covid-19, en este 1 de mayo, muchos mexicanos se preguntan si el día es festivo o, como sucede con otros feriados, se recorre al próximo lunes.
Cabe señalar que el 1 de Mayo se encuentra señalado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como día de descanso obligatorio, por lo que las empresas que lleguen a un acuerdo con sus empleados para que dicha jornada se labore, deberán pagar el día al triple.
Lo anterior, pese a que las actividades se estén realizando desde casa, debido a la emergencia sanitaria generada por el coronavirus Covid-19.
En el Artículo 74 de la LFT, referente a los días feriados o de descanso obligatorio, figuran siete fechas a lo largo del año:
- 1 de enero
- 5 de febrero
- 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- 20 de noviembre
- 25 de diciembre
De éstos, tres se recorren al lunes más próximo, con el fin de hacer un fin de semana largo y aprovechar el feriado, siendo los casos del 5 de febrero, 21 de marzo y el 20 de noviembre, días festivos nacionales.
Los restantes, se conmemoran el día que corresponda, en el caso del 1 de mayo, por tratarse de un día feriado a nivel internacional, el Día Internacional de los Trabajadores.
Ahora bien, cómo se debe pagar el día en caso de que tengas que trabajar, la LFT señala que los empleados deberán recibir, además de su salario, una compensación del doble de su salario.
Esto quiere decir que ya con el salario diario, el empleador deberá pagar el día al triple del sueldo que perciben los trabajadores, ya que, hasta el momento las autoridades federales no han dictado ninguna disposición que diga lo contrario, por lo tanto se mantiene vigente lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo, en su Artículo 74.
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