México endurece las medidas contra el consumo de tabaco. La reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, aplaudida por la Organización Mundial de la Salud y considerada excesiva por la industria tabacalera, reduce la visibilidad de las marcas de cigarros al tiempo que aumenta los sitios públicos donde está prohibido fumar, incluso al aire libre.
La reforma que entró en vigor el domingo pasado prohíbe realizar publicidad por cualquier medio de comunicación, incluidos los anuncios en Internet y a través de redes sociales, además del cine, la televisión y el teatro. El reglamento no solo limita la promoción y los anuncios explícitos, también incluye un apartado sobre los mensajes subliminales que podrían alentar su consumo.
La legislación amplía las medidas aprobadas en 2008, como el etiquetado con advertencias sanitarias y la creación de espacios libres de humo de tabaco y prohíbe la exhibición directa o indirecta de productos de tabaco en estanterías, cajones, vitrinas y aparadores. A partir de ahora, las cajetillas de cigarros desaparecerán de la vista de los clientes en supermercados, tiendas de conveniencia y cualquier sitio que venda tabaco. En su lugar, los establecimientos ofrecerán una lista textual con el precio de cada producto. Tampoco estará permitido mostrar el logotipo, eslogan o los arreglos gráficos de las distintas marcas de cigarros. La prohibición incluye a los vehículos utilizados en competencias deportivas y los uniformes, gorras o cascos de cualquier escudería; los videojuegos en cualquier formato; y los discos o dispositivos de almacenamiento de datos.
¿En qué lugares no se puede fumar?
La reforma extiende los espacios libres de humo de tabaco a todos los lugares considerados de “concurrencia colectiva”. Desde el 15 de enero de 2023, la Ley prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte. Los lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco, sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados.
Terrazas, balcones y patios: zonas para fumar sin servicios
Si bien las zonas exclusivas para fumar se mantienen en restaurantes, bares, hoteles y lugares de entretenimiento, la reforma establece que los establecimientos no podrán ofrecer ningún servicio en estas áreas, una modificación que pone fin a las terrazas, patios y otros sitios al aire libre donde se combinaba el consumo de cigarro con alimentos y bebidas. La nueva legislación contempla que las zonas exclusivas para fumar estén separadas físicamente del resto y se encuentren al menos a diez metros de distancia del lugar de congregación.
fuenete: https://elpais.com/mexico/2023-01-17/ley-antitabaco-en-que-lugares-no-se-puede-fumar-en-mexico.html
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