Denuncia Omar Bazán ante Secretaría de Salud federal contagios en IMSS y falta de insumos en hospitales de Chihuahua

Conforme lo concede la Ley General de Salud, el diputado Omar Bazán presentó una denuncia popular ante la Secretaría de Salud del gobierno federal por el riesgo de contagios internos de COVID-19 en los hospitales 6, 66 y 35 del IMSS en Ciudad Juárez así como la falta de insumos de protección para el personal del sector salud en hospitales públicos, federales y estatales en el Estado.

En la denuncia dirigida al titular y subsecretario de la dependencia federal,
el diputado priista señaló que en las clínicas 6, 66 y 35 del Seguro Social con sede en Ciudad Juárez, se reportaron casos de contagio e incluso fallecimiento de personal médico por COVID 19.

Es evidente que no se han tomado las medidas de protección, ni de muestreo para determinar qué tan grave es el problema interno en dichos centros hospitalarios y cómo repercute entre los usuarios, sostuvo en la denuncia el también dirigente estatal del PRI.

Recordó que esta semana trabajadores sindicalizados del IMSS demandaron apoyo en insumos de protección, más personal, medicamentos y que los contagios sean considerados como enfermedad profesional.

En la denuncia, el diputado Bazán Flores lamentó que el personal de salud lleva más de dos meses sin ser escuchado por el gobierno federal.

Expuso que la cifra de contagios y decesos aumenta en Chihuahua «y es un hecho público y notorio la falta de insumos para los médicos y enfermeras que atienden a personas infectadas», señaló.

«Tenemos quejas y denuncias del personal del sector salud federal y estatal de que no cuentan con el equipo de protección suficiente y que incluso han tenido que adquirirlo con recursos propios», expuso el legislador.

Con base en el artículo 181 de la Ley General de Salud, el diputado priista pidió al Secretario de Salud Jorge Alcocer Varela:

a) Verificar si se han presentado fallecimientos y contagios en los Hospitales identificados con los numerales 6, 66 y 35 pertenecientes al Instituto Mexicano del Seguro Social, en las condiciones que ha relatado.

b) Determinar si en los Hospitales identificados con los numerales 6, 66 y 35 pertenecientes al Instituto Mexicano del Seguro Social, se están tomando las medidas necesarias para la protección de contagio del personal y demás pacientes no infectados.

c) Confirmar que existen los insumos médicos de protección disponibles en los hospitales de la entidad, pero en especial en los Hospitales identificados con los numerales 6, 66 y 35 pertenecientes al Instituto Mexicano del Seguro Social.

d) Verificar que el plan de reconversión hospitalaria para la atención de enfermos de COVID-19 en los Hospitales identificados con los numerales 6, 66 y 35 pertenecientes al Instituto Mexicano del Seguro Social, sea conforme a los protocolos de actuación emitidos por esa Secretaría a fin de evitar contagios como los que se han presentado.

El artículo 181 de la Ley General de Salud establece lo siguiente:

Artículo 181.- En caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia o catástrofe que afecten al país, la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud, a reserva de que tales medidas sean después sancionadas por el Presidente de la República.

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