Corte invalida reformas en materia de salud mental en Chihuahua

En su primera sesión de este periodo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió invalidar el Decreto LXVII/RFLEY/0571/2023, aprobado por el Congreso de Chihuahua en julio de 2023, que reformaba la Ley Estatal de Salud y la Ley de Salud Mental para fortalecer la prevención del suicidio y la atención a personas con tendencias suicidas.

El fallo se sustentó en que el Congreso local no consultó a las personas con discapacidad psicosocial, quienes serían las principales afectadas por las reformas. La Corte señaló que el Poder Legislativo estaba obligado a llevar a cabo una consulta previa, estrecha e informada a través de representantes o asociaciones civiles, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.

El decreto, publicado en el Periódico Oficial del Estado, incluía medidas como la creación de definiciones de “conducta suicida” e “intento suicida”, la obligación de contar con psicólogos en las escuelas de educación básica para canalizar a estudiantes a servicios especializados y la ampliación de las responsabilidades del Instituto Chihuahuense de Salud Mental. También establecía derechos y principios para el internamiento en centros de salud mental.

Durante la sesión, el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, destacó que el análisis del proyecto fue artículo por artículo para diferenciar entre disposiciones que representaban avances en salud mental y aquellas que debían ser invalidadas por no cumplir con el requisito de consulta. Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que era indispensable garantizar la participación de las personas con tendencias suicidas en el diseño de las normas que impactan en su atención.

El Pleno de la Corte ordenó al Congreso de Chihuahua llevar a cabo la consulta correspondiente en un plazo de 12 meses, asegurando la participación efectiva de las personas con discapacidad psicosocial y de las organizaciones que las representan. La sentencia aclara que la Ley Estatal de Salud Mental no queda derogada en su conjunto, sino que se suspenden las disposiciones específicas derivadas del decreto hasta que se cumpla con la obligación de consulta.


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