AMLO anuncia decreto para liberar a presos sin sentencia, sin delitos graves, y enfermos crónicos.

Foto: Presidencia de México

El presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, anunció este jueves que firmará un decreto presidencial la próxima semana, para dejar en libertad a presos que hayan sido torturados, que han permanecido encarcelados sin sentencia por más de 10 años, adultos mayores de 75, adultos mayores de 65 con enfermedades crónicas; el beneficio anterior será para quienes sean presos del fuero federal y no hayan cometido delitos graves.

Primero. Que no sentenciados del fuero federal con más de 10 años sin sentencia, que no hayan cometido delitos graves van a ser liberados. Lo repito, internos en las cárceles federales , del fuero federal que en 10 años no hayan sido sentenciados y estén en la cárcel por delitos no graves, van a ser liberados.Foto: Presidencia de MéxicoFoto: Presidencia de México

Segundo. Adultos mayores de 75 años que estén en las cárceles, también del fuero federal, que no hayan cometido graves, delitos de sangre, van a ser liberados.

Tercero. Adultos mayores de 65 años con enfermedades crónicas, que estén en la cárcel y que no hayan cometido delitos graves, van a ser liberados.

En este caso y en todos se va a seguir un procedimiento simplificado. En el caso de enfermos, se le va a pedir a la Secretaría de Salud que hago los diagnósticos correspondientes.Foto: Presidencia de MéxicoFoto: Presidencia de México

El plazo de liberación no va a ser mayor al 15 de septiembre.

Cuarto. Todo interno encarceles federales, que haya sido torturado y se compruebe mediante el Protocolo de Estambul, va a ser liberado.

No queremos la tortura en México, nadie merece ser torturado , nadie”, informó el mandatario mexicano.

López Obrador señaló que la próxima semana presentarán el decreto presidencial, que la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, lo va a elaborar.Foto: Presidencia de MéxicoFoto: Presidencia de México

“Entonces estás cuatro acciones van a ser parte de un decreto que lo voy a firmar, lo va a elaborar la secretaria Olga la próxima semana, lo vamos a elaborar para presentarlo.

Es importante que se tome en cuenta que hay muchos reclusos que no tienen sentencia y que no solo es fuero federal, también es fuero común y es la mayoría”, subrayó.

El presidente mexicano también aseguró que con la Cuarta Transformación, la Segob tiene una nueva función, que es la de proteger los derechos humanos de los ciudadanos.Foto: Presidencia de MéxicoFoto: Presidencia de México

“Con la Cuarta Transformación la Segob tiene un nuevo rol, una nueva función, ya no es la secretaría de la represión y el autoritarismo, es la secretaría para la protección, de los derechos humanos y la justicia”, indicó.

El pasado 20 de abril de 2020, fue aprobada la Ley de Amnistía impulsada por el gobierno de López Obrador.

La ley contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También contempla a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérpreteFoto: Presidencia de MéxicoFoto: Presidencia de México

Las condiciones

El documento precisa que los beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones: que la sentencia en firme que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.

Los delitos

Los delitos susceptibles son: aborto, que incluye a la mujer que interrumpió el embarazo, a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, practicantes del procedimiento; los delitos contra la salud, por posesión y transporte de narcóticos en los casos que se trate de personas en estado de vulnerabilidad; los cometidos por integrantes de los pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso.

También aplica para aquellos que hayan sido condenados por robo simple sin violencia y no reincidente y para los presos políticos condenados por sedición, con excepción del terrorismo. 23 mujeres familiares de personas privadas de su libertad se raparon frente al edificio del Tribunal Superior de Justicia exigiendo que sus presos sean beneficiados con la Ley de Amnistía; entregaron el cabello que fue recolectado en una caja color rosa demandando justicia a sus presos. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO23 mujeres familiares de personas privadas de su libertad se raparon frente al edificio del Tribunal Superior de Justicia exigiendo que sus presos sean beneficiados con la Ley de Amnistía; entregaron el cabello que fue recolectado en una caja color rosa demandando justicia a sus presos. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO

El dictamen precisa que no se concederá el beneficio de esta ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, ni a quienes cometieron el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado armas de fuego en la comisión del delito.

El proceso

Cuando la ley entre en vigor, será el Ejecutivo quien integrará una comisión que coordinará los actos para dar cumplimiento y vigilar la aplicación de la ley.

La persona interesada o su representante legal podrán solicitar a dicha comisión la aplicación de la ley. Esta comisión determinará la procedencia del beneficio y someterá su decisión a la calificación de un juez federal para que la confirme.Mary Sainz, esposa de Israel Vallarta, habla durante una rueda de prensa hoy en el Zócalo de la Ciudad México (México). EFE/Sáshenka Gutiérrez
Mary Sainz, esposa de Israel Vallarta, habla durante una rueda de prensa hoy en el Zócalo de la Ciudad México (México). EFE/Sáshenka Gutiérrez

Las personas a quienes beneficie la ley no podrán ser en lo futuro ser detenidas ni procesadas por los mismos hechos. La Secretaría de Gobernación coordinará las acciones para facilitar la reinserción social de las personas beneficiarias de esta ley, en términos de la legislación aplicable

El plazo

La solicitud de amnistía será resuelta en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la presentación de la misma. Esto abre dudas sobre si su aplicación será práctica en términos del coronavirus, ya que los senadores buscaban aprobar con rapidez esta legislación con el argumento d que ayude a despresurizar los centros penitenciarios del país “como un acto humanitario” para evitar contagios masivos de COVID-19 al interior de los reclusorios.FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCUROFOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO

También se estableció que dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Ejecutivo federal deberá expedir el acuerdo que crea la comisión. Dentro del mismo plazo, el Consejo de la Judicatura Federal determinará los jueces federales competentes que conocerán en materia de amnistía. Se espera que esta etapa se lleve a cabo con prontitud.

Además, el Ejecutivo federal, por medio de la Secretaría de Gobernación, “promoverá ante los gobiernos y las legislaturas de las entidades federativas la expedición de leyes de amnistía por la comisión de delitos previstos en sus respectivas legislaciones que se asemejen a los que se amnistían en esta ley”.

fuente: https://www.infobae.com/america/mexico/2021/07/29/amlo-excarcelara-por-decreto-presidencial-a-presos-enfermos-torturados-ancianos-y-sin-sentencia/

Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *